Fondo de Solidaridad Gremial

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DIRECTIVA FONDO SOLIDARIDAD GREMIAL

Presidenta: Dra. Inés Guerrero Montofré

Directores:
Dr. Jaime Sepúlveda, Tesorero Nacional del Colegio Médico
Dra. Anamaría Arriagada, Consejera Regional Santiago
Dr. Gunter Seelmann Erlenbach, Presidente Agrupación Médicos Mayores
Sr. José Miguel Bettancourt Siggelkow, Gerente General
Sr. Adelio Misseroni Raddatz, Abogado Jefe

QUÉ ES EL FONDO DE SOLIDARIDAD GREMIAL

El Departamento de Solidaridad Gremial y Bienestar es un organismo de colaboración del Honorable Consejo Nacional, en cumplimiento de los objetivos del Colegio Médico.

De este departamento depende un Fondo que, tal como su nombre lo indica, actúa como un sistema solidario, otorgando diversos beneficios para paliar, en parte, las diversas necesidades de nuestros asociados.

La entidad es el organismo más antiguo del Colegio Médico. Su origen se remonta al año 1942, cuando tras el fallecimiento de un médico del antiguo Hospital San Vicente de Paul, un grupo de facultativos decidió crear un fondo de ayuda para los hijos y viuda del profesional, quienes quedaron en la más completa orfandad. Más tarde, a este apoyo a las viudas se le conocería como “cuota mortuoria”.

A raíz de este espíritu solidario de los médicos y por encargo del Consejo General de la época, se creó en 1952 el Fondo de Solidaridad Gremial del Colegio Médico de Chile, entidad que heredó lo que antes había sido la Federación Médica del Seguro Social.

“El Colegio Médico de Chile, obedeciendo a su obligación de velar por la protección de sus asociados, entrega a la elevada consideración de sus miembros el proyecto que tiende a la creación de un Fondo de Solidaridad, planteado en el sentido nacional, asistiéndolo la convicción más íntima de que esta iniciativa, de tanta trascendencia, ha de merecer la favorable y calurosa acogida de los colegas, dada la alta y noble finalidad que le guía”, señala el texto de su creación.

Desde su origen, la inscripción al FSG era voluntaria, pero a partir de junio de 1998, se optó por hacerla obligatoria para todo profesional que se afiliara al Colegio Médico.

Originalmente, el Fondo de Solidaridad Gremial nació como un seguro de vida, ya que contemplaba una sola cuota mortuoria que se pagaba a los beneficiarios de los médicos fallecidos. Sin embargo, como era difícil de competir con los seguros ofrecidos por las compañías, poco a poco se fueron agregando otros beneficios.

REQUISITOS

Para acceder a los beneficios que otorga el Departamento de Solidaridad Gremial y Bienestar del Colegio Médico de Chile (A.G.), los requisitos son:

  • Estar al día en las cuotas del Fondo de Solidaridad Gremial y Colegio Médico de Chile.
  • Haber cotizado regularmente, a lo menos, los últimos 12 meses, salvo la cuota mortuoria que se cancelará a los 30 días de afiliación, si se ha inscrito durante el primer año de titulado.

Los inscritos después de un año de titulado y aquellos que tengan un periodo impago pueden:

  • Cancelar el período impago
  • Acogerse al régimen de los 45 avos (en este caso, beneficio de Cuota Mortuoria será equivalente a tantos 45 avos como años cotizados al momento del fallecimiento)

Beneficios del FSG

Valor 550 UF.
Puede impetrarse desde el mes siguiente que se afilia el médico/a que se haya inscrito el primer año de titulado. En los demás casos, será una vez cumplidos 12 meses de cotizaciones y progresivo a los años cotizados.
Requisitos: Ser beneficiario (s) indicado(s) por el médico o la médica fallecido/a y tener sus cuotas al día en el FSG.
Documentación: Certificado de defunción; C.I. de los beneficiarios; otros que haya indicado de manera expresa el afiliado.
Plazo máximo para el cobro del beneficio: Un año desde la fecha de emisión del certificado defunción.

Este beneficio está orientado a médicos en situación de precariedad económica o de salud.
Montos:

  • 400 UF en pago único e inmediato.
  • 450 UF pago en 24 cuotas de 18,75 UF cada una.
  • 500 UF pago en 36 cuotas de 13,88 UF cada una.
  • 550 UF pago en 60 cuotas de 9.16 UF cada una.

Requisitos: Estar en condición de precariedad por problemas de salud y/o económicos; estar liberado del pago de cuotas sociales del Colegio Médico y FSG y no tener préstamos vigentes con el FSG; evaluación de asistente social y aprobación por parte del directorio del FSG.

Monto: Proporcional a la cantidad de cuotas pagadas en el FSG:

CANTIDAD DE CUOTAS PAGADAS MONTO MÁXIMO A SOLICITAR
12 a 36 cuotas  $           2.000.000
37 a 72 cuotas  $           3.000.000
73 a 150 cuotas  $           4.000.000
151 a 200 cuotas  $           5.000.000
201 a 250 cuotas  $           6.000.000
251 a 300 cuotas  $           7.000.000
301 a 350 cuotas  $           8.000.000
351 a 540 cuotas  $         10.000.000

 

Requisitos: A lo menos 12 cotizaciones en FSG y cuotas al día en el Colegio Médico y FSG; presentar una garantía al momento de retirar el préstamo (cheques de su Cta. Cte., PAC o PAT).

Plazo máximo para pagar auxilio solidario: 36 meses.

* Para solicitar un nuevo Auxilio Solidario, debe realizarse 15 días después de finalizado el pago del préstamo anterior.

Para médicos y médicas en ejercicio de su profesión que se encuentren inhabilitados de ejercerla por más de 15 días corridos hasta por 60 días en el año. En caso de licencia maternal, es por evento anual.

Monto: Tope máximo de $660.000 cada 12 meses, hasta el 1 de agosto de 2023. Luego de esta fecha, el tope máximo es de $440.000, cada 12 meses.

Requisitos: Licencia médica superior a 15 días, en casos de licencias pre y post natal, se debe adjuntar licencia médica y certificado de nacimiento.

Plazo máximo de la solicitud del beneficio: 60 días desde el inicio de la enfermedad o nacimiento.

Monto: Hasta $100.000 cada 12 meses, desde la fecha de solicitud.

Requisitos: Presupuesto, boleta, liquidación por reembolso de Isapre y/o seguro complementario de salud o certificado de afiliación a Fonasa, según corresponda, a nombre del médico afiliado. Se excluyen: Exámenes de imagenología, insumos de higiene bucal (cepillo, enjuague, hilo y pasta dental), tratamientos como limpiezas, blanqueamiento y ortodoncia.

Plazo de solicitud: Tope de 90 días desde la fecha de atención.

Monto: $240.000 por cada hijo nacido o adoptivo para cada padre y madre médicos.

Requisitos: Certificado de nacimiento.

Plazo de solicitud: Hasta 90 días de ocurrido el nacimiento o adopción.

Monto: Hasta $100.000 cada 24 meses, desde la fecha de solicitud.

Requisitos: Receta médico oftalmólogo, presupuesto, boleta, orden de reembolso Isapre y/o seguro complementario de salud o certificado de afiliación a Fonasa, según corresponda, a nombre del médico/a afiliado/a.

Plazo de solicitud: Hasta 90 días desde la compra de los lentes.

Monto: $ 120.000 mensuales.

Requisitos: Ser cónyuge sobreviviente de médico; no haber contraído nuevas nupcias; no contar con bienes y/o ingresos suficientes; evaluación anual por parte de un/a asistente social y autorización del directorio del FSG.

Monto: El tope de la bonificación es de $200.000 al año, que no sean cubiertos por su seguro.

Requisitos: Factura o boleta a nombre del beneficiario y certificado de indicación médica.

Requisitos: Fallecimiento o invalidez absoluta del afiliado; certificado de alumno regular; monto de colegiatura; y certificado de nacimiento.

Tope de cobertura: 28 años de edad del hijo beneficiario.

Montos:

Educación básica y media: Tope de $3.000.000 anuales.
Educación universitaria: Tope Arancel U. de Chile de la carrera o similar, a criterio del directorio del FSG.

* El Departamento no otorgará esta ayuda económica en caso que otros seguros o beneficios cubran tales necesidades; si la cobertura es parcial, el Fondo podrá responder por la diferencia, con el tope anual correspondiente para esta ayuda.

1- Destinado a médicos becados, MGZ y APS para congresos organizados por su agrupación.

Monto: $50.000 tope una vez al año por actividad realizada.

Requisitos: Presentar Comprobante de pago (Boleta o Factura).

Plazo de solicitud: 90 días desde la fecha de pago.

 

2- Para cursos impartidos por instituciones Chilenas acreditadas (Universidades y Sociedades médicas).

Monto: El 20% del valor total de la actividad con tope de $300.000 al año (por una o más actividades).

Requisitos: presentar Boleta o factura a nombre del médico/a.

Plazo de solicitud: 90 días desde la fecha de pago de la actividad.

Monto: Tope $250.000 cada 12 meses.

Requisitos: Receta y boleta a nombre del afiliado

Un Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) por afiliado, exclusivamente para automóvil, jeep o Station Wagon.
Seguros adicionales a precio preferencial.
El trámite se realiza a través de la página web del Colegio Médico de Chile.

Requisitos: Cuotas al día en Colegio Médico y FSG

Monto: Hasta $100.000 al año.

Requisitos: Presentar receta Médica a nombre del beneficiario y comprobante de pago (Boleta o Factura).
Plazo de solicitud: 90 días desde la fecha de compra.
Cuota Mortuoria

Valor 550 UF.
Puede impetrarse desde el mes siguiente que se afilia el médico/a que se haya inscrito el primer año de titulado. En los demás casos, será una vez cumplidos 12 meses de cotizaciones y progresivo a los años cotizados.
Requisitos: Ser beneficiario (s) indicado(s) por el médico o la médica fallecido/a y tener sus cuotas al día en el FSG.
Documentación: Certificado de defunción; C.I. de los beneficiarios; otros que haya indicado de manera expresa el afiliado.
Plazo máximo para el cobro del beneficio: Un año desde la fecha de emisión del certificado defunción.

Rescate Cuota Mortuoria

Este beneficio está orientado a médicos en situación de precariedad económica o de salud.
Montos:

  • 400 UF en pago único e inmediato.
  • 450 UF pago en 24 cuotas de 18,75 UF cada una.
  • 500 UF pago en 36 cuotas de 13,88 UF cada una.
  • 550 UF pago en 60 cuotas de 9.16 UF cada una.

Requisitos: Estar en condición de precariedad por problemas de salud y/o económicos; estar liberado del pago de cuotas sociales del Colegio Médico y FSG y no tener préstamos vigentes con el FSG; evaluación de asistente social y aprobación por parte del directorio del FSG.

Auxilio solidario

Monto: Proporcional a la cantidad de cuotas pagadas en el FSG:

CANTIDAD DE CUOTAS PAGADAS MONTO MÁXIMO A SOLICITAR
12 a 36 cuotas  $           2.000.000
37 a 72 cuotas  $           3.000.000
73 a 150 cuotas  $           4.000.000
151 a 200 cuotas  $           5.000.000
201 a 250 cuotas  $           6.000.000
251 a 300 cuotas  $           7.000.000
301 a 350 cuotas  $           8.000.000
351 a 540 cuotas  $         10.000.000

 

Requisitos: A lo menos 12 cotizaciones en FSG y cuotas al día en el Colegio Médico y FSG; presentar una garantía al momento de retirar el préstamo (cheques de su Cta. Cte., PAC o PAT).

Plazo máximo para pagar auxilio solidario: 36 meses.

* Para solicitar un nuevo Auxilio Solidario, debe realizarse 15 días después de finalizado el pago del préstamo anterior.

Ayuda por incapacidad transitoria

Para médicos y médicas en ejercicio de su profesión que se encuentren inhabilitados de ejercerla por más de 15 días corridos hasta por 60 días en el año. En caso de licencia maternal, es por evento anual.

Monto: Tope máximo de $660.000 cada 12 meses, hasta el 1 de agosto de 2023. Luego de esta fecha, el tope máximo es de $440.000, cada 12 meses.

Requisitos: Licencia médica superior a 15 días, en casos de licencias pre y post natal, se debe adjuntar licencia médica y certificado de nacimiento.

Plazo máximo de la solicitud del beneficio: 60 días desde el inicio de la enfermedad o nacimiento.

Ayuda Dental

Monto: Hasta $100.000 cada 12 meses, desde la fecha de solicitud.

Requisitos: Presupuesto, boleta, liquidación por reembolso de Isapre y/o seguro complementario de salud o certificado de afiliación a Fonasa, según corresponda, a nombre del médico afiliado. Se excluyen: Exámenes de imagenología, insumos de higiene bucal (cepillo, enjuague, hilo y pasta dental), tratamientos como limpiezas, blanqueamiento y ortodoncia.

Plazo de solicitud: Tope de 90 días desde la fecha de atención.

Asignación por Natalidad

Monto: $240.000 por cada hijo nacido o adoptivo para cada padre y madre médicos.

Requisitos: Certificado de nacimiento.

Plazo de solicitud: Hasta 90 días de ocurrido el nacimiento o adopción.

Ayuda por Lentes Ópticos y/o de Contacto

Monto: Hasta $100.000 cada 24 meses, desde la fecha de solicitud.

Requisitos: Receta médico oftalmólogo, presupuesto, boleta, orden de reembolso Isapre y/o seguro complementario de salud o certificado de afiliación a Fonasa, según corresponda, a nombre del médico/a afiliado/a.

Plazo de solicitud: Hasta 90 días desde la compra de los lentes.

Ayuda por Viudez

Monto: $ 120.000 mensuales.

Requisitos: Ser cónyuge sobreviviente de médico; no haber contraído nuevas nupcias; no contar con bienes y/o ingresos suficientes; evaluación anual por parte de un/a asistente social y autorización del directorio del FSG.

Silla de Ruedas

Monto: El tope de la bonificación es de $200.000 al año, que no sean cubiertos por su seguro.

Requisitos: Factura o boleta a nombre del beneficiario y certificado de indicación médica.

Fondo Solidario de Educación

Requisitos: Fallecimiento o invalidez absoluta del afiliado; certificado de alumno regular; monto de colegiatura; y certificado de nacimiento.

Tope de cobertura: 28 años de edad del hijo beneficiario.

Montos:

Educación básica y media: Tope de $3.000.000 anuales.
Educación universitaria: Tope Arancel U. de Chile de la carrera o similar, a criterio del directorio del FSG.

* El Departamento no otorgará esta ayuda económica en caso que otros seguros o beneficios cubran tales necesidades; si la cobertura es parcial, el Fondo podrá responder por la diferencia, con el tope anual correspondiente para esta ayuda.

Bonificación para Cursos y Congresos

1- Destinado a médicos becados, MGZ y APS para congresos organizados por su agrupación.

Monto: $50.000 tope una vez al año por actividad realizada.

Requisitos: Presentar Comprobante de pago (Boleta o Factura).

Plazo de solicitud: 90 días desde la fecha de pago.

 

2- Para cursos impartidos por instituciones Chilenas acreditadas (Universidades y Sociedades médicas).

Monto: El 20% del valor total de la actividad con tope de $300.000 al año (por una o más actividades).

Requisitos: presentar Boleta o factura a nombre del médico/a.

Plazo de solicitud: 90 días desde la fecha de pago de la actividad.

Bonificación de medicamentos para médicos liberados de cuota FSG

Monto: Tope $250.000 cada 12 meses.

Requisitos: Receta y boleta a nombre del afiliado

SOAP

Un Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) por afiliado, exclusivamente para automóvil, jeep o Station Wagon.
Seguros adicionales a precio preferencial.
El trámite se realiza a través de la página web del Colegio Médico de Chile.

Requisitos: Cuotas al día en Colegio Médico y FSG

Audífonos

Monto: Hasta $100.000 al año.

Requisitos: Presentar receta Médica a nombre del beneficiario y comprobante de pago (Boleta o Factura).
Plazo de solicitud: 90 días desde la fecha de compra.

IMPORTANTE:

Se informa que de acuerdo a lo definido en la Asamblea General de Chillán, realizada en septiembre de 2022, se definió extender el beneficio transitorio de Salud Mental hasta Marzo de 2023, por lo que ya no se encuentra disponible. En su reemplazo, se está trabajando en la implementación de un programa de salud física y mental.

Los beneficios de Auxilio Solidario, Rescate Cuota Mortuoria, Cuota Mortuoria, Ayuda Viudez y Beneficio Escolar se solicitan de manera presencial. Para todos los demás, puedes acceder a través de Mi Colmed (versión web y App), presionando el botón a continuación:

Informes FSG

Presentación Asamblea Iquique 2019
Vicepresidenta FSG y Prosecretaria Nacional, Dra. Inés Guerrero

COLMED INFORMA